DISPOSITIVA
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD DE PENA CORPORAL, de la ciudadana: MERA DE MORALES ANGELA RAMONA, mayor de edad, nacionalizada, titular de la cédula de identidad N° 15.331.729, natural de la República Dominicana, nacida el 02-06-65, de estado civil casada, hija de ALTAGRACIA CUELLO y CAMILO MERA, en virtud de haber cumplido con la pena impuesta mediante sentencia condenatoria, en fecha 07 de junio de 2002, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Estado Vargas, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS Y ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la referida ley, a cumplir la pena de DIEZ (10) DE PRISION, pena esta que rebajó la Corte de Apelaciones de este Circuito.....