DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la Dra. ARELIS BEATRIZ NAVARRO, en su carácter de Defensora Pública Cuarta Penal del ciudadano DEIVIS JOSE ROMERO HERNANDEZ, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 18 de Junio de 2008, mediante la cual DECRETÓ MEDIDA CAUTELAR al ciudadano referido, de la prevista en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, así como las medidas de protección establecidas en los numerales 5 y 6 del artículo 87 de la Ley Especial que rige la materia, y las medidas cautelares del artículo 92 numerales 1 y 7 de la Ley Especial que rige la materia, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y, en su lugar DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES al ciudadano referido, por cuanto no se .....