En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA la privación judicial preventiva de libertad de los ciudadanos ALEXANDER GREGORIO TOLEDO, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, titular de la cédula de identidad N° 19.444.886, nacido el 13-10-88, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mototaxi, hijo de Raúl Toledo (F) y Rosa Rodríguez (v), residenciado en Mamo, Sector El Desague, casa S/N, color blanca, cerca de la Bodega de Mireya, Tle N° 02129147602; y la ciudadana CARLOS EDUARDO GUERRERO PAREDES, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, titular de la cédula de identidad N° 14.768.177, nacido el 27-02-81, de 28 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante.....