Se declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato de seguro incoada por el ciudadano JULIO CESAR MOLINA VIVAS contra la sociedad mercantil SEGUROS LA SEGURIDAD, C.A. Así se establece.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de SIETE MILLONES DE BOLÍVARES SIN CENTIMOS (Bs. 7.000.000,00), actualmente equivalentes a SIETE MIL BOLIVARES SIN CENTIMOS (BsF. 7.000,00) por concepto de resarcimiento de los daños delvehiculo siniestrado, y la cobertura de accidentes personales (gastos médicos).- Así se decide.
SEGUNDO: Se ACUERDA la indexación del monto de la condena de acuerdo a los Índices de Precios al Consumidor emitidos por el Banco Central de Venezuela mediante experticia complementaria del fallo por un solo experto, desde la fecha de admisión de la demanda (9 de diciembre de 2.003) hasta la sentencia definitivamente firme. Así se establece.
TERCERO: Se desecha la pretensión correspondiente al pago de la cantidad de TREINTA.....