Por todos los razonamiento antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud interpuesta por el penado TIRCIO JOSÉ CANELÓN, quien es de nacionalidad venezolano, natural del Estado Vargas, donde nació el 26-07-1986, de profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero, residenciado en Sector Montesano, Barrio Tropicano, casa s/n la Guaira, estado Vargas, titular de la cédula de identidad Nº 17.709.172, en el sentido sea reconsiderada la decisión mediante la cual este Tribunal revocó la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena, referida al Régimen Abierto, de conformidad con lo establecido en los artículos 471, ordinal 1º y el 500, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el penado de marras incumplió reiteradamente, las obligaciones que le fueran impuestas ta.....