Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por la ciudadana MARIELA MARGARITA FLORES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.578.657, debidamente asistida de abogado, mediante el cual solicita le fuese decretado TÍTULO SUPLETORIO suficiente a su favor, sobre las mejoras realizadas a un inmueble de dos niveles (02) de altura, ubicada en la avenida ostente, calle Miramar, casa, N° 01-23, barrio corapalito, sector Palmar Oeste, Jurisdicción de la Parroquia Caraballeda, Municipio Vargas, Estado La Guaira, cuyos linderos, formas de construcción y demás determinaciones se encuentran especificadas debidamente en su petición, tal y como se evidencia del Certificado de Existencia de Bienhechurías Nº DPPPCUC-OMTU-439-2023, emanado de la Dirección Para el Poder Popular de Control Urbano y Catastro Coordinación de Tierras Municipales. Vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el espacio de terreno donde se enc.....