NIEGA el otorgamiento de la formula alternativa de cumplimiento de pena referida a la LIBERTAD CONDICIONAL al ciudadano GÓMEZ MARTÍNEZ GERSON ANDRÉS, de nacionalidad venezolano, natural del Estado Vargas, donde nació en fecha 06-03-1984, de profesión u oficio albañil, titular de la cedula de identidad Nº 16.060.577, residenciado en La Cabrería, parte alta de ciudad Marina, casa s/n, La Guaira Estado Vargas, en virtud de no estar dados los requisitos exigidos por el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal.