Vista la diligencia suscrita por el ciudadano JOSÉ GREGORIO VILORIA , titular de la cedula No. 5.571.574, debidamente asistido por la Dra, OMAIRA ANDUEZA , abogado en ejercicio , de este domicilio e inscrita en el inpreabogado bajo el No. 23.428, mediante la cual consignó copia del documento original de Compra ¿venta de un lote de terreno ubicado en el lugar denominado LA MEDIA LEGUA, Parroquia Carayaca, Municipio Vargas, Estado Vargas, y copia certificada del documento de propiedad del terreno, e igualmente solicitó dejar sin efecto oficio No 6091-06, dirigido a la ciudadana Procuradora General de la Republica, de fecha 27-07-06, el Tribunal visto lo antes señalado ordena dejar sin efecto oficio No. 6091-05 ,de fecha 27 de julio de 2006, dirigido a la Procuradora General de la Republica , e igualmemente instruida como ha sido la presente solicitud, presentada por el (la) (los) la ciudadana (o) la (s): JOSÉ GREGORIO VILORIA, titular (es) de la (s) Cédula (s) de Identidad Número (s). V-.....