Este Tribunal declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos JESSENIA RODRIGUEZ DE VELASQUEZ, JOEL JOSE VELASQUEZ SALAZAR, ARMANDO JOSE VELASQUEZ SALAZAR, WUINCLAR JOAR VELASQUEZ RODRIGUEZ y JOELYS DEL CARMEN VELASQUEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nros. V- V-11.064.195, V-18.142.508, V-20.006.394, 23.597.682 y V-27.042.812 respectivamente en su orden, respecto al De-Cujus JOEL JOSE VELASQUEZ SALAS, ex titular de la identidad N° V-6.472.127, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del código de procedimiento civil, dejando a salvo los derechos de terceros.