ANULA de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal, la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Control, de fecha 04 de julio de 2006, mediante el cual declaró inadmisible la querella penal interpuesta en contra del ciudadano Henry Antonio Rumbos Pérez y, se ORDENA al Tribunal Segundo de Control remitir la causa original y el presente cuaderno de incidencia a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, a los fines de que sea distribuida entre los otros Juzgados de Control, para el conocimiento del presente asunto.