DISPOSITIVA.-
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad, Acuerda OTORGAR PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL, a la ciudadana MARIA CASTILLA SAMILLAN, de nacionalidad peruana, natural de Chiclayo, fecha de nacimiento 05 de Agosto de 1965, de 45 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Domestica, residenciada en Puente de Zamora, calle 17, Las Rositas, casa Nro. 03, Catia La Mar Estado Vargas, hija de Carlos Castilla (v) y Gimena Samillan (f), y titular de la cédula de identidad Nº E-82.298523, de conformidad con lo establecido en el articulo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en relación con los artículos 471 ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal y 49 y 50, del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario, en concordancia con lo establ.....