Vista la solicitud formulada por el ciudadano JOSE MANUEL RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-12.716.205, respectivamente, debidamente asistido de abogado, mediante el cual solicita se le declare Único y Universal Heredero respecto a la De-Cujus LEANDRA BASILIA RODRIGUEZ SANTOS, titular de la cedula de identidad N° V-22.278.001, fallecida el ocho (08) de febrero de dos mil trece (2013), según acta de defunción N°025, de fecha ocho (08) de febrero de dos mil trece (2013), la cual corre inserta en los libros de Registro Civil de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas, del estado La Guaira, evacuadas las documentales y testimoniales promovidas, el Tribunal las aprecia en todo su valor probatorio, siendo en consecuencia procedente reconocer el derecho del solicitante, por lo que nada obsta para que este Tribunal declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS al ciudadano JOSE MANUEL RODRIGUEZ , venezolano, mayor de.....