DECLARA CON LUGAR la demanda de Revisión de Obligación de Manutención intentada por la ciudadana NUÑEZ GUTIERREZ ELSY MARA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.224.962, contra el ciudadano NELSON JOSE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.582.744, a favor de la adolescente y del niño XXXXXXXXXXXX, de trece (13) y ocho (05) años de edad respectivamente, en consecuencia se revisa en la cantidad de BOLIVARES CIENTO VEINTE (Bs.120,oo) mensuales, la Obligación de Manutención para la referida adolescente y niño. Asimismo, este Tribunal fija Dos (02) sumas adicionales, una por la cantidad de BOLIVARES CIENTO VEINTE (Bs.120,oo), en el mes de Septiembre de cada año como Bonificación Escolar y la otra por la cantidad de BOLIVARES CUATROCIENTOS (Bs.400,oo) en el mes de diciembre de cada año por concepto de Bonificación Especial de Fin de Año, cantidades que deben ser descontadas la pr.....