Con base en los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Estadal en Función Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LAS PRESENTES ACTUACIONES, correspondientes a la causa Nº WP01-P-2010-006705, seguida al ciudadano, suficientemente identificado, por la presunta comisión de los delitos de HURTO previsto y sancionado en el articulo 451 del Código Penal Vigente, y APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTES DEL HURTO O ROBO, previsto y sanciono en el articulo 09 de la Ley sobre HURTO Y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTORES, y en consecuencia ORDENA el cese de la condición de imputado del mencionado ciudadano, así como de las medidas cautelares impuestas con ocasión del presente asunto. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 313 del derogado texto penal adjetivo y 296 del vigente Código Orgánico Procesal Penal.