Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara la NULIDAD de la decisión dictada en fecha 09/08/2020, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual REVISO LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, decretando a su vez LAS MEDIDAS CAUTELARES contenida en el artículo 242 numerales 1 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, a la ciudadana MIGDALI VANESSA MOLANDER PEREZ, venezolana, de estado civil soltera, de 31 años de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.535.718, con domicilio en la Avenida Costanera, edificio Vista Mar, piso 8, apartamento 82, Caraballeda del Estado La Guaira, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL.....