DISPOSITIVA
Este Juzgado Quinto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía Octava del Ministerio Público y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano: HECTOR JOE RUSSIAN GAMBOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.582.117, domiciliado en el Barrio Las Tunitas, calle el canal, subida el Liceo, casa Nº 18, Catia La Mar, Estado Vargas, por la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el artículo 377 único aparte del Código Penal, en perjuicio de la niña VENEZLA TRINIDAD RUSSIAN RAMIREZ, de once (11) años de edad para la época de los hechos, por EXTINCION DE LA ACCION PENAL, todo de conformidad con lo establecido 318 ordinal 3º, en relación con el artículo 48 ordinal 8º, ambos del Código Orgánico.....