este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil y en resguardo al derecho de defensa, del debido proceso y la igualdad de las partes, principios éstos procesales que deben ser norte y guía de cada proceso jurisdiccional y que son de rango constitucional REPONE la presente causa al estado de citar por carteles a los codemandado DINA MARIA PESTANA, JOSE LUIS PESTANA Y VICTOR JOSE PESTANA, debidamente publicados y fijados conforme al artículo 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se declara la nulidad de las actuaciones dictadas por este Tribunal en fecha, 13/01/2016, 03/05/2016, 28/06/2016, 11/07/2016, 19/07/2016, 29/07/2016 y 09/08/2016. Así se decide.