declara SIN LUGAR la solicitud presentada por el abogado Dr. DOUGLAS PEÑA, en su carácter de defensor del ciudadano ROY JOSE NARVAEZ HERNANDEZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de La Guaira, nacido en fecha 15-01-1988, de 22 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Ayudante de Carpintería, hijo de Wilmer Narváez (v) y de Daisy Hernández (v), titular de la cédula de identidad N° 17.960.615, residenciado en Barrio La Lucha, Calle Nueva Esparta, casa s/n, cerca de la bodega de Ramón Alí, Catia la Mar, Estado Vargas; a quien se le sigue causa penal por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, tipificados en los artículos 458 y 277 ambos del Código Penal vigente, respectivamente, mediante la cual requiere la SEPARACION DE LA CAUSA seguida en contra de su representado con respecto al acusado EDWAR GAMEZ, por estimar este órgano jurisdiccional que no está acreditado el supuesto legal contenido en el artículo.....