DISPOSITIVA.
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA LA LIBERTAD CONDICIONAL COMO MEDIDA HUMANITARIA, al ciudadano JOSE ENRIQUE INFANTE DIMEOLA, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 09-10-1983, de 28 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio-taxita, hijo de Néstor Infante (v) y de Silvana Dimeola (v), residenciado en la Calle Sucre. Sector la Soublette Catia La Mar, estado Vargas y titular de la cedula de identidad Nº 17.153.265, en virtud que en la experticia medico legal practicada al mismo, se determinó a ciencia cierta que la enfermedad o padecimiento que lo aqueja es de carácter grave, de conformidad con lo establecido en los artículos 479, ordinal 1º, 502, Código Orgánico Procesal Penal, de fecha 04-09-2009, en relación con el artículo.....