DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida a los ciudadanos, NICKY RENE PEREZ MARTINEZ Y PABLO MARCIAL MAYORA PRIETO, titulares de las cédulas de identidad Nos.15.779.602 y 11.644.751 respectivamente, de conformidad con el artículo 318, último aparte, concatenado con el 45, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.