PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto interpuesto por la Abg. CARMEN EMPERATRIZ RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora Pública de los ciudadanos JHONY JHOAN MARICHALES AGUILAR Y MIGUEL ANGEL GRACIANO GARCIA, titulares de la cédulas de identidad Nº V-20.784.572 y V-26.648.615, respectivamente, en contra de la decisión dictada en fecha 07 de Diciembre de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los mencionados ciudadanos, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD y AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 458, 174 y 286 del Código Penal, respectivamente y ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con los numerales 1, 2, 3, 5, del artículo 6 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automot.....