Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Penal del Estado Vargas, (Sección Adolescentes), Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y Por Autoridad de la ley decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 615 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas, y Adolescente, en relación con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 110 del Código Penal, artículos que se aplican por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas, y Adolescentes. Notifíquese a las partes, así como oficiar lo conducente a fin de dejar sin efecto la orden judicial preventiva de captura de fecha 25-01-2007, a nombre de la precitada adolescente. CUMPLASE.-