1) Se declara parcialmente con lugar la acción de amparo intentada por los profesionales del derecho ELDA SANABRIA de CARRILLO y ENRIQUE JOSE PERNIA SÁNCHEZ, en su condición de abogados de confianza de los imputados MICHAEL DE JESÚS CARRILLO SANABRIA y SALVATORE ORLANDO ARAGONA SAYA, por violación del debido proceso en cuanto a que no fueron impuestos en la causa pena que se les sigue por el delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, de las medidas alternativas de prosecución del proceso contempladas en el Código Orgánico Procesal Penal, y en tal sentido, a los fines de dar cumplimiento a la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 24 de Abril de 2003, este Tribunal Accidental en conocimiento de que en la referida causa penal objeto de la acción de amparo no se ha celebrado aún el juicio oral y público, fijándose como oportunidad para su realización el día 1° de Agosto de 2003, a las 12:00 meridiem, ordena al .....