DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO seguido en contra del ciudadano CARLOS ARVELO GUTIERREZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, donde nació el 05/10/1976, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Pedro Julián Arvelo (V) y de Arecelis Gutiérrez (V), titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.072.383, residenciado en el Sector Ezequiel Zamora, vereda 4, casa sin número de color rosada, cerca del quiosco de venta de dulces, parroquia Catia La Mar, Estado Vargas, por la comisión del delito de DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 en su último aparte de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para el momento de los hechos, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal fijando el plazo del régimen de prueba en UN AÑO y la obligación de cumplir con las .....