Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: 1.- DECLARA SIN LUGAR la nulidad incoada por la defensa en cuanto a la aprehensión de su representado, de conformidad con lo establecido en los artículos 174 y 175 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. 2.- DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del imputado JOSÉ JESÚS CAMACHO, arriba identificado, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Resistencia a la Autoridad, previstos y sancionados en los artículos 458, 277 y 218, respectivamente, todos del Código Penal, al considerar que se encuentran llenos los extremos exigidos en los artículos 236, numerales 1, 2 y 3, en relación con los numerales 2, 3 y parágrafo primero del artículo 237, ambos.....