éste Tribunal declare ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ISABELLA DE LAURENTIS VILLALOBOS, DANIELE DE LAURENTIS VILLALOBOS, GABRIELE DE LAURENTIS VILLALOBOS, ALEJANDRO DE LAURENTIS VILLALOBOS Y FERNANDO DE LAURENTIS VILLALOBOS, titulares de las cédulas de identidad números V-19.085.783, V-15.039.698, V-16.813.633, V-17.146.763 y V-17.146.764, respectivamente, en su orden, con respecto al de cujus MASSIMO DE LAURENTIS GIANNI, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo los derechos de terceros. Expídanse las copias que solicite la parte solicitante.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el copiador de sentencias llevado por este Tribunal.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Vargas, en Maiquetía, a los treinta (30) días del mes de julio .....