Por lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN propuesta por el abogado RUBER ENRIQUE COLMENARES PINTO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada el 28 de noviembre de 2003, por el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. Así se decide.
SEGUNDO: Se REVOCA la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha 28 de noviembre de 2003, en consecuencia: 1) CON LUGAR LA DEMANDA que por desalojo incoara el ciudadano ROLANDO LOPEZ LOPEZ, mayor de edad, venezolano, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-2.067.287, contra el ciudadano JOSE ORLANDO MEDINA, mayor de edad, venezolano, de este domic.....