Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada OLIMAR CALDERÓN, en su carácter de Defensora Pública Octava Penal Ordinario del estado Vargas, de los ciudadanos ANGELO ALEJANDRO VILLEGAS BORGES, JEISON JESÚS MAYORA VÁSQUEZ, DEINEVER ALEXANDER BLANCO MOYA, y JESÚS DAVID CHIRINOS SIVIRA, identificados con las cédulas de identidad N° V-22.575.014, V-21.195.048, V-25.574.966 y V-23.597.477 respectivamente, en razón de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 06/07/2015, mediante la cual decretó LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los precitados ciudadanos, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y LESIONES PERSONALES GENÉRICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 ibídem en perjuicio del ciudadano Jhouse González; adicionando el delito de USO DE FACSÍMIL DE.....