ADMITE los dos recursos de apelación interpuestos en el presente caso, el primero por la Abogada CARMEN EMPERATRIZ RODRIGUEZ, en su carácter de Defensora Pública Penal de la ciudadana MARLENE JOSEFINA CHIRINOS OLLARVES y el segundo recurso por el abogado JUAN JOSÉ GONZALEZ, en su carácter de Defensor Privado de la ciudadana MARÍA GABRIELA GRIMAN CHIRINOS, en contra de la decisión dictada en fecha 05 de Mayo de 2009, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le impuso a la primera de las nombradas las MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD previstas en los numerales 3°, 4° y 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley especial que rige la materia y a la segunda de las nombradas le DECRETÓ LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTA.....