DECLARA LA NULIDAD DE LA SENTENCIA dictada por el Juzgado Primero de Juicio de la Sección Adolescentes de este Circuito Judicial Penal en fecha 12 de FEBRERO del 2001, mediante la cual acordó condenar a los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA) a cumplir la sanción de CUATRO (04) AÑOS DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por lo que, en consecuencia, se ORDENA LA FIJACIÓN DE UN NUEVO JUICIO ORAL Y RESERVADO ante un Juez distinto del que pronunció el fallo impugnado, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con lo previsto en el ordinal 2º del artículo 452 ejusdem.