Dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por los Abgs. CARLOS BARROS SANCHEZ Y CHARITO TIRADO P., en su condición de Defensores Privados de los ciudadanos FERNANDO LUIS GONZAGA, FRANCIS BARBARA SUAREZ y FRANKLIN ANTONIO ABACHE SUAREZ, contra la decisión dictada en fecha 5 de Mayo de 2009, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en la cual decretó la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los ciudadanos mencionados, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 encabezamiento de la Ley que rige la materia. SEGUNDO: SE DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los recurrentes de autos, contra de la decisión dictada en fecha 5 de Mayo de 2009, en relación a la .....