DISPOSITIVA
Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO, RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del Derecho Dra. MARELYS FARIAS , en su carácter de defensora Publica , del ciudadano JULIO CESAR BARRAGAN CAMACHO, titular de la cédula de identidad N° V-17.958.668, contra la decisión dictada en fecha 14 de julio de 2017 , por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se decretó la MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los precitados ciudadanos por la por la presunta comisión del delito de HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancion.....