PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSÉ VIVAS RAMÍREZ, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano: GEORGE ASWAD TANHN en contra de la decisión dictada en fecha 25 de Agosto de 2015, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2, 3 y 237 numerales 1, 2, 3 y parágrafo primero ambos del Código Orgánico Procesal Penal, al referido imputado, por la presunta comisión del delito de APROPIACIÓN DE DOCUMENTO OFICIAL PARA USURPAR IDENTIDAD, previsto y sancionado en el artículo 319 del Código Penal.
SEGUNDO: ADMITE el escrito de contestación presentado por la Fiscalía