1.- Se CONFIRMA la decisión emitida en fecha 10/12/2015, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial, mediante la cual decretó LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos GREANGELA VALENTINA GUADARRAMA DE HERNÁNDEZ, JOSÉ RAMÓN ARELLANO GUILLEN y JULIO CÉSAR JIMÉNEZ GONZÁLEZ, identificados con las cédulas Nros. V-13.123.524, V-11.590.718 y V-9.522.304, por la presunta comisión de los delitos de ADQUISICIÓN DE DIVISAS MEDIANTE ENGAÑO pero FRUSTRADO, previsto y sancionado en el artículo 17 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Régimen Cambiario y sus Ilícitos, en relación con el artículo 80 del Código Penal y ASOCIACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo, ello por encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en el artículo 236 del Texto Adjetivo Penal y, desestima la calificaci.....