Este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana ANA KARINA DI GIORGI LUNA, debidamente asistida por el profesional del derecho, abogado DOMINGO BRITO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 244.944, contra la sentencia dictada por el Tribunal Quinto de Municipio del Circuito Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas en fecha 23/05/2018, la cual se revoca. Así se establece. SEGUNDO: No hay condena en costas. Así se decide.
Regístrese, Notifíquese y Publíquese, incluso en la Página Web de este Tribunal, déjese la copia certificada a la cual hace referencia el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, y, en su oportunidad, devuélvase el Expediente al Tribunal A Quo.