Se declara: IMPROCEDENTE la medida preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar, en el juicio por Partición interpuesta por la abogada Hilda Pérez Fernández, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 97.601, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano José Gregorio Pérez Fernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-6.800.396, contra la ciudadana Lisbeth Del Valle Gutiérrez Farias, Venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-9.997.117 por cuanto no se encuentran llenos los extremos de ley. Así se decide.