Se dicta Resolucion Definitiva que declara: Por todos los argumentos anteriormente explanados este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de este Circuito Judicial Civil del estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, interpuesta por los ciudadanos CESAR RAFAEL MARMOL CAPOTE y KARLA MINESS RAMOS VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.073.875 y V-14.568.080, respectivamente, contra el ciudadano PROSPERO ANTONIO SOJO FRANKLIN, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nro. V.10.576.754, en consecuencia se DECLARA JUDICIALMENTE RECONOCIDO, el instrumento que se acompaño como documento fundamental de la presente acción, así como la firma contenida en el mismo y que se encuentra agregado al folio tres (03) del presente expediente.