SE DICTA AUTO Y SE, ordena examinar como testigos a dos (02) personas, quienes serán evacuadas en la oportunidad que de acuerdo a la capacidad del tiempo de Despacho sea disponible en este Tribunal y envíese mediante Oficio a la Procuraduría General de la Republica Bolivariana de Venezuela, copia certificadas de todas las actuaciones, con el objeto de que informe a este Tribunal si el terreno donde Se admitió la solicitud, se ordeno expedir copia certificada, remitiendo la misma junto con oficio a la Unidad de Catastro e Inmueble del Estado Vargas