DECRETA a la joven IDENTIDAD OMITIDA, Cautelares Menos Gravosas previstas en el artículo 582 de la LOPNA literales: b) Obligarse a estar bajo el cuidado de su Madre, c) presentarse ante este Despacho cada ocho (8) días específicamente los días Miércoles y d) prohibición de salir de la gran Caracas para asegurar su comparecencia a la Audiencia preliminar que tiene en contra, por estar presuntamente involucrada en el delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTS Y PSICOTROPICAS previsto en el artículo 36 de la LOSEP vigente para el momento del acontecimiento.