ORDENA LA CAPTURA, por incumplimiento de la obligación impuesta al imputado NOMAR JESUS MERLO BRAVO, titular de la cédula de identidad N° 20.559.309, de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, de 20 años de edad, con fecha de nacimiento 15-11-1988, estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Jose Merlo (v) y Petra Bravo (v), quien reside en: Alcabala Vieja, por la placita, a 5 casas de la bodega, Brisas del Mar, casa S/N, amarilla, teléfono: 0414-161.29.34, en Audiencia Preliminar celebrada el 23-01-2008, consistente en: Presentaciones ante este Tribunal cada treinta (30) días y como consecuencia de ello, quien una vez capturado y puesto a la orden de este Juzgado se fijara oportunidad a fin de emitir pronunciamiento en relación a lo previsto en el Artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal.