En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por el abogado MIGUEL ANGEL CASTRO, Fiscal Auxiliar Cuarto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, quien solicita se acuerde la prórroga establecida en el cuarto aparte del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en aplicación por ultraactividad por ser más favorable para el reo en consecuencia se mantiene la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en contra de ciudadanoANDRES EMILIANO GUILARTE ORTIZ, portador de la cedula de Identidad Nº 6.497.419, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 en concordancia con el 80 numeral.....