CONDENA a la ciudadana ANDREÍNA DEL VALLE RIVAS RAUSSEO, arriba identificada, a cumplir la pena de UN (01) MES Y QUINCE (15) DÍAS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES PERSONALES GENÉRICAS IN ABERRATIO ICTUS, previsto y sancionado en el artículo 415 en concordancia con el artículo 68, ambos del Código Penal Vigente, delito cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en la presente. Asimismo, se le condena a cumplir las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Código Penal. Por otra parte queda exonerada del pago de las costas procesales, al comprobarse su situación de pobreza, por encontrarse asistida de un Defensor Público Penal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por otra parte, este Tribunal no puede fijar fecha provisional de finalización de la condena, tal y como lo ordena el primer aparte del artículo 367 ejúsdem, por cuanto la ciudadana ANDREÍNA DEL V.....