CONDENA al Ciudadano FREDERICK DANIEL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, quien dijo ser: de nacionalidad Venezuela, natural de La Guaira, donde nació en fecha 14-05-81, 22 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio obrero, residenciado en Maiquetía detrás del San José, casa sin número, hijo de Carmen Yelitza de Rodríguez (V) y Daniel Rodríguez (V) y titular de la cédula de Identidad N° 19.444.075, A CUMPLIR LA PENA DE UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, en el establecimiento penitenciario que a tal efecto designe el Ejecutivo Nacional, COMO AUTOR RESPONSABLE DE LA COMISIÓN DEL DELITO DE PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 278 del Código Penal, en virtud de la aplicación del Procedimiento Por Admisión de los Hechos previsto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: Condena al ciudadano FREDERICK DANIEL RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, al cumplimiento de las penas accesorias establecidas en el articulo 16 del Código Penal, es decir, .....