DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION PENAL DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: AUTO DE EJECUCION DE SANCION al joven IDENTIDAD OMITIDA, aceptando declinatoria de competencia de Guarenas Estado Miranda, para que de continuidad en el cumplimiento de las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA POR un (1) MES y 10 DIAS conjuntamente con REGLAS DE CONDUCTA por DOS (2) AÑOS por haber sido condenado por los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, en consecuencia quedó fijado para el día miércoles 15/04/2015 a las 11:00 horas de la mañana para la Imposición de continuación de Ejecución de Sentencia con todas sus orientaciones, conforme a los artículos 646 y 647 de la LOPNNA