ACUERDA LA CONMUTACIÓN DEL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR al ciudadano JHON KENNEDY CRUZ OTALVARO, arriba identificado, EN LA DE CONFINAMIENTO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Código Penal, por lo cual queda obligado a residir en el Club Hípico las Trinitarias E, Vista Hermosa, Apto. 76, Barquisimeto, Estado Lara, con un régimen de presentación semanal por ante la Jefatura de ese Municipio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20, segundo aparte, ejúsdem, hasta el día 19 de Octubre de 2003 a las 18 horas, fecha en la cual cumple la totalidad de la pena impuesta.