En virtud de lo procedentemente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCION DE LA PENA impuesta mediante sentencia firme al ciudadano JOSE LUIS CARDILLO ROMERO, de nacionalidad venezolana, nacido en Mérida, Estado Mérida, en fecha 17 de febrero de 1979, de 31 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Chef, , domiciliado en Avenida Alberto Carnevalli, Santa Ana Norte, Residencias Los Frailejones, Torre C2, Piso 2, Apartamento 22 cerca de la Plaza de Toros, Estado Mérida y titular de la cédula de identidad Nro. V-13.803.982, conforme a lo previsto en los artículos 479, encabezamiento, en concordancia con el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.