REVOCA la formula de cumplimiento de pena relativa a la medida de TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL, otorgada al penado RIVERA VERA NESTOR, quien es venezolano, natural de San Cristóbal, fecha de nacimiento 21-02-1944, de 59 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Cocinero, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.298.251, residenciado en: Av. Principal de la Urbanización El Torbes N° 88, San Cristóbal, Estado Táchira, en virtud del incumplimiento de las condiciones en el impuestas en la decisión dictada el 25/09/03, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal.