DISPOSITIVA.-
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA, la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena referida al Destacamento de Trabajo, al ciudadano JULIO CESAR MATA VASQUEZ, de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira Estado Vargas, nacido en fecha 25-05-1980, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Julio Mata (v) y Nereida Vasuqez (v), residenciado en sector La Lucha calle Democracia Nº 39, Catia La Mar, Estado Vargas, y titular de la Cédula de Identidad N° 14.567.380,de conformidad con lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en relación con los artículos 479 ordinal 1º y 500 todos del Código Orgánico Procesal Penal, concordando con lo establecido en el artícu.....