CON LUGAR la demanda de Revisión de Obligación Alimentaria intentada por el ciudadano: ALCIDES E. MEDINA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.644.325, contra la ciudadana YAJAIRA GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-11.162.489, a favor de los niños ALYANEIS YAJAIRA, de once (11) años, AROXI MAGDALENA y ALBERT ENRIQUE MEDINA GONZALEZ, ambos de ocho (08) años de edad respectivamente, en consecuencia se revisa en la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,oo) mensuales, en partidas quincenales de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000,oo) la Obligación Alimentaria para los referidos niños. Asimismo, este Tribunal fija Dos (02) sumas adicionales, por la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,oo), cada una en los meses de Septiembre y Diciembre de cada año como Bonificación Escolar Especial y de fin de Año, respectivamente cantidades que deben ser descontadas del sueldo men.....