Se declaró de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, TÍTULO SUPLETORIO, sobre mejoras realizadas a unas bienhechurías descritas en el escrito de solicitud, a favor de la ciudadana ANGELA ESTHER OVALLES IRIARTE, venezolana, mayor de edad, divorciada, de este domicilio, divorciada y titular de la cédula de identidad Nro. V-3.609.634, dejando a salvo el derecho de terceros.